Nuca he considerado que hiciera falta "borrarse" formalmente de la iglesia católica para demostrar que no se comulga con una religión que considero basada, históricamente hablando, en mentiras, tribulaciones, engaños y verdaderas masacres. Sino que simplemente con no practicarla y ser coherente con tus principios sin la imposición de prácticas y rituales, ya bastaba.


Quizá el fundamento básico de esta religión, que es el amor si sea reseñable, pero todo lo que se ha hecho en nombre de ella desde prácticamente sus comienzos es deleznable.

Primero, y sin extenderme mucho, decir que lo que conocemos hoy en día del cristianismo nace unos 325 años D.C.

durante el imperio romano de Constantino (http://www.historiaclasica.com/2008/01/el-concilio-de-nicea-el-ocaso-de-la.html)

Quién en resumidas cuentas unificó las religiones existentes del imperio, primando dos de ellas: El mitrianismo (adoración del Solis invicti) y el cristianismo. Mezclando impunemente todo aquello que le convenía de ellas para conseguir unificar el gobierno del hombre tanto por la ley como por la moral (Cesaropapismo).


En los años posteriores al concilio de Nicea y hasta el siglo VI fueron destruidos todos los escritos cristianos anteriores a dicho concilio, y aquellos que no acataban los cambios eran perseguidos y aniquilados. La mayoría de normas actuales nacen aquí, como la de bautizar a los niños y no a los adultos, como era costumbre en el cristianismo antiguo (dato importante para lo que trataremos posteriormente) la adoración a los santos, el misterio de la sagrada trinidad…

Es en esta época cuando a los obispos se les otorgan puestos de honor en el gobierno, quedando por siempre relacionados el poder y la iglesia cristiana.


A partir del concilio de Elvira (306 D.C.) se crea el concepto de excomunión, como expulsión de una persona de una confesión religiosa. Una de las razones de excomunión en derecho canónico es la de "apostasía, herejía o cisma"

(canon 1364) siendo: Apostasía: la negación, renuncia o abjuración a la fé en una religión. Herejía: la creencia o doctrina contraria a los dogmas de fe establecidos por una religión. Y Cisma: la separación ideológica de los miembros de una comunidad con respecto al grupo al que pertenecían.


Los tiempos han cambiado, cuando estas leyes del derecho canónico fueron creadas, el pueblo, inmerso en su mayoría en el analfabetismo y la ignorancia, vivía aterrorizado ante la idea de ser excomulgado y condenar así su alma. El mero hecho de declararse apóstata era razón suficiente para ser excomulgado ipso-facto. Otra de las razones para ser excomulgado por ejemplo es el aborto y solo en España en el año 2011 se practicaron 118.000 abortos, a mujeres que siguen estando inscritas en los libros de la iglesia católica. Ya que la iglesia considera que estas personas se excomulgan a si mismas con sus actos, pero a efectos de cómputo no se excluyen de las actas, pudiendo así seguir cobrando dinero del Estado.


Hoy en día, con un acceso mejorado a la educación y a la información, este miedo no se vive de la misma forma y el echo de ser excomulgado no es precisamente una de nuestras preocupaciones. Por lo que la iglesia, interesada en mantener sus "números" no solo lleva muchísimos años sin excomulgar a nadie por voluntad propia (hay casos dudosos de los que no hay constancia de que se llegaran a llevar a cabo, como la de Fidel Castro por Juan XXIII(en 1962) o la de Miguel Hidalgo por el obispo Manuel Abad(1810) o incluso no habiendo sido reconocida la excomunión del propio Hitler…) sino que además hace casi imposible o dificulta al máximo el sistema para declararse apóstata y separarse físicamente de ella. ( www.publico.es/espana/368651/la-iglesia-seguira-sin-tener-que-borrar-a-los-apostatas-de-sus-libros).


Tal como antes he mencionado, partimos para esta dificultad desde el hecho de ser bautizados cuando no tenemos capacidad para elegir credo, y una vez apuntados ya somos un número más para ellos y pueden decir con total desfachatez que el 80% de los españoles somos católicos, como si eso implicara que por nuestra parte hubiera compromiso alguno. Y recordad que nuestros documentos de bautismo les sirven para recibir cada año el dinero que reciben del Estado, nuestro dinero.


Nos adentramos ahora en el intrincado laberinto de ser coherentes con nuestra repulsa hacia la iglesia católica (que en muchos casos no tiene nada que ver con el ateísmo sino con no estar conforme ni sentirse parte ni miembro de esta secta con todas las cualidades necesarias para ser llamada Mafia)


Hay dos vías para solicitarla; la que propone la propia iglesia desde que se creó el derecho canónico que es la declaración de apostasía, la cual por lo que hemos dicho anteriormente tiene poco respaldo legal y la iglesia suele rechazarla. Y la otra es el derecho de oposición, mucho más consistente, basada en la ley orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de protección de datos de carácter personal. En este enlace están ambas explicadas además de explicar los pasos a seguir tanto para apostatar como para denunciar ante la AGPD:


http://10000agritos.wordpress.com/2011/08/11/la-iglesia-catolica-utiliza-tu-carta-de-bautismo-para-pedir-dinero-al-estado-que-podria-ir-a-temas-sociales/


Si la solicitud se realiza sin un conveniente asesoramiento para que posea el mayor peso legal posible en todos los puntos que en ella se expongan, nos arriesgamos a que el obispado/arzobispado nos contesten negativamente o nos soliciten cosas que no tienen derecho a solicitar (partida bautismal, notario, testigos, dinero….) y este punto hay que cursar denuncia ante la agencia española de protección de datos.


En este enlace encontraréis asesoramiento y ejemplos de documentos de solicitud así como un dato interesante sobre la iglesia mormona, que según parece posee datos de prácticamente todos los bautizados en Europa. También ha incluido dos modelos de respuesta de dos arzobispados, uno negativo y otro positivo.(pondré algunos más):


http://www.pepe-rodriguez.com/Cristianismo/Apostasia/Apostatar_formulario.htm


(Dentro de la página de Pepe Rodriguez, en su sección libros, se encuentra su obra)


Esta es una nota de prensa acerca de lo mencionado sobre la iglesia mormona:


(Al final del texto: imagen 1 "Recorte de prensa")


Aquí os muestro una respuesta negativa real del arzobispado de Madrid (con los datos del solicitante cubiertos por razones obvias):


(Al final del texto: imagen 2 "Respuesta del arzobispado de Madrid")


otros modelos de documento de apostasía:


http://cincominutos.com/apostasia/blog/?page_id=10


En este que pongo a continuación están muy bien explicados los pasos y vienen ejemplos de modelo de carta de apostasía y de denuncia ante la AGPD:


http://xega.org/xega/mazucu/01_-_Como_apostatar.pdf


Este Pdf. es otro ejemplo de información detallada de como apostatar, así como un punto de vista de lo que es y ha sido la iglesia católica:


http://www.mundolibertario.org/archivos/documentos/GrupoBanderaNegraFIJA_Apostasiacutea.pdf


Por último este artículo de la abogada matrimonialista Rosa Corazón, sobre las bases en que se asienta la apostasia y las dificultades legales en España de que sea concedida. Sobre todo me parece interesante la parte en que dice que el Estado Español y la iglesia llegaron a un tratado sobre el asiento en el libro de bautismo el 3 de Enero de 1979 mediante el cual "el Estado respeta y protege la inviolabilidad de los archivos, registros y demás documentos…" etc… ( leedlo! ) haciendo que el propio Estado garantice su confidencialidad para que no puedan ser cancelados estos archivos… :


http://www.diocesisdecanarias.es/preguntarespuesta/varios/apostasia-borrarse-de-la-iglesia.html


Existen muchas páginas en las que aparece más información. Desde luego, imposible no es, y razones para dejarles de lado creo que hay muchas (los abusos sexuales a niños por parte de sus docentes, la venta de recién nacidos llevada a cabo por religiosas, su apoyo histórico a regentes y dictadores… y un largo etcétera de aberraciones que nada tienen que ver con la paz y el amor al prójimo que tanto predican)…. lo intentamos?

lunes, 31 de diciembre de 2012


"2.3 LEGISLACIÓN EN LOS AÑOS DE LA DICTADURA

                             Una vez instaurada la dictadura se publican dos leyes fundamentales que tocan el tema religioso:

       FUERO DE LOS ESPAÑOLES 17 de julio de 1945

Artículo sexto La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial. Nadie será molestado por sus creencias religiosas ni el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica.


       LEY FUNDAMENTAL DE 17 DE MAYO DE 1958 POR LA QUE SE PROMULGAN LOS PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO NACIONAL

II La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación."

Ninguna de las dos da demasiadas posibilidades al abandono de la fe, a pesar de las evidentes contradicciones que contienen.


Aunque parezca mentira, estas leyes que fueron aplicadas durante el franquismo y que negaban toda opción a la elección de creencia religiosa, han dejado huella en la sociedad y políticas actuales. Dificultando increíblemente una acción tan simple como la de apostatar y dejar constancia escrita de la separación con la iglesia católica.
http://ateos.org/docs/Formulario_apostasia_2011.pdf

Este es el formulario más extendido de solicitud de apostasía, desde este enlace podéis descargarlo para cumplimentarlo.
http://ateos.org/wp-content/uploads/guion_exposicion_apostasia_cast.pdf

Este es un enlace buenísimo que he sacado de la UAL ( unión de ateos y librepensadores)
con historia sobre la apostasía e indicaciones concisas sobre su solicitud. También contiene como se trata este tema en otros paises y en que consiste en otras religiones. Así como datos interesantes de la reciente historia de España y legislatura y de la relación entre el Estado Español y la iglesia cristiana católica romana.